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21 February 2023

Una de las ventajas que hay al terminar el ejercicio fiscal es acceder, según sea el caso, a la devolución de impuestos si existe saldo a favor tras declarar ante el SAT.

El ejercicio fiscal 2022 está por trminar y, durante abril, las personas físicas asalariadas o con actividades empresariales u honorarios deben declarar.

¿CÓMO ES LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS?

Una vez que se hace el cálculo de impuestos, es posible que hayas pagado más de lo que se debía, por lo que el SAT tiene que devolverte ese dinero.

 

Esto ya se hace automáicamente, pero hay algunas condiciones que se deben tener en cuenta para que todo ocurra como debe ser.

Lo primero es entrar a la página del SAT con contraseña, e.firma o e.firma portable. La declaración debe hacerse de manera electrónica.

Luego debe seleccionar el número de cuenta CLABE a 18 dígitos y este debe estar a tu nombre para que la devolución se cargue sin ningún problema.

Si quiere que la devolución sea efectiva, debe ser menor a 150 mil pesos, si no, esta deberá solicitarla mediante el Formato Electrónico de Devoluciones.

Una vez que se terminó la devolución y no se hizo de manera automática, deberás pedirla antes del 31 de julio.

¿PARA QUIÉNES NO APLICA LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS DEL SAT?

Quienes tengan ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión no pueden acceder, tampoco aquellas personas que pidan la devolución de ejercicios fiscales anteriores a 2022.

Tampoco pueden acceder quienes presenten su solicitud del Formato Electrónico de Devoluciones antes de la obtención de resultados de la declaración anual.

Todo esto debes tomarlo en cuenta para hacer bien tu proceso y llegar al mejor término con el SAT.

 

FUENTE: QUINTA FUERZA

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